Derecho de exhumación
$22.554.-
Según Art. 18ª inciso C de la Ordenanza 1654/84(modificada por la Ordenanza 5804/22): “La exhumación para traslado de restos a Cremación se autorizara a pedido del Responsable, quien debe presentar Declaración Jurada ante Escribano Publico donde se responsabiliza del destino de los restos eximiendo de responsabilidades a el Municipio, debiendo informar la empresas fúnebre que realizara el mismo y se publicara en edictos por 5 (cinco) días hábiles antes del trasladado para su cremación”.
Deberá presentarse para realizar el trámite de manera presencial en la Oficina de Cementerio ubicada en el 1er. piso de la Municipalidad de Ayacucho, Alem 1078.
Aquellos responsables que presenten CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD (actualizado por la autoridad de aplicación correspondiente) se le realizaran un descuento de un 30% sobre los siguientes valores. |
Este trámite podrá abonarse en un plan de pagos de hasta 6 cuotas. |
Valores vigentes hasta el 31/12/2024.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR: